lunes, 12 de noviembre de 2007

TERMINOS DE NEGOCIACION INTERNACIONAL

¿QUÉ SABE DE?

¿Cuáles son los términos de negociación que se utilizan en las transacciones de comercio exterior?
Los INCOTERMS

¿Qué son los INCOTERMS y cuál es su principal utilidad?
(Términos de Comercio Internacional) y se utilizan para determinar hasta que punto el comprador y vendedor tiene obligación sobre la mercancía.

¿Sabe usted que significan en el comercio exterior las siglas: FOB, CIF y FAS?
Son tres de los incoterms que se utilizan en el comercio exterior.

¿Cuáles son los principales tipos de costos que un exportador debe tomar en cuenta para la comercialización externa de una mercancía?
Costo del flete, de seguro, de producción, empaque y embalaje, etc.

¿Cuál es el procedimiento para calcular el precio de exportación de una mercancía?
Se debe tomar en cuenta la materia prima utilizada para la elaboración del producto, así como el proceso de producción, mano de obra, etc.

TERMINOS DE NEGOCIACIÓN INTERNACIONAL

La Cotización como origen de la Negociación Internacional

En el entorno de comercio exterior actual será difícil realizar operaciones de importación y exportación sin reglas aceptadas en el ámbito internacional, que señalen las obligaciones y los derechos del comprador y del vendedor.
Actualmente dos grupos de términos prevalecen en las operaciones mundiales:

Los INCOTERMS
Las DEFINICIONES REVISADAS DEL COMERCIO EXTERIOR NORTEAMERICANO de la Cámara de Comercio de EUA.

Su objetivo principal es facilitar las operaciones de comercio exterior y la integración del contrato de compraventa internacional o su equivalente.

Términos de la Cámara de Comercio Internacional

El objetivo principal de los INCOTERMS es establecer un conjunto de términos y reglas de carácter facultativo, que permitan acordar los derechos y las obligaciones tanto del vendedor como del comprador en las transacciones comerciales internacionales, por lo que se pueden utilizar en contratos de compraventa internacional.
Los INCOTERMS constituyen una base para regular las transacciones comerciales, delimitando a detalle los derechos, las responsabilidades y las obligaciones entre comprador y vendedor, haciendo una referencia directa al transporte que se utiliza y al lugar donde se entrega la mercancía.
El uso de los INCOTERMS no implica la transferencia de la propiedad de las mercancías; sino también si así lo acuerden las partes, se pueden aplicar al mercado doméstico.
Clasificación de los INCOTERMS

Los INCOTERMS se clasifican en dos formas:

por grupo
por tipo de transporte que se utilizará

Por grupos: esta clasificación se conoce por la primera letra de las siglas del INCOTERM, que pueden ser:

ü E: Departure (salida. En fábrica… lugar designado)
ü F: Main carriage unpaid (transporte principal no pagado)
ü C: Main carriage paid (transporte principal pagado)
ü D: Arrival (llegada)

Los términos que inician con las letras E y F son entregados en el país de origen, y los que inician con C y D son entregados en el país de destino.

CATEGORIA E (EXW): único término en que la mercancía se pone a disposición del comprador en el domicilio del vendedor.
CATEGORIA F (FCA, FAS y FOB): términos en los que al vendedor se le encarga que entregue la mercancía a un medio de transporte elegido por el comprador.
CATEGORIA C (CFR, CIF, CPT y CIP): el vendedor contrata el transporte a sus expensas, sin asumir algún riesgo ni responsabilidad sobre la mercancía una vez que ha sido embarcada. Bajo estos términos, el vendedor asume obligaciones de embarque.
CATEGORIA D (DAF, DES, DEQ, DDU y DDP): El vendedor asume todos los costos y riesgos hasta entregar la mercancía en el lugar de destino acordado. Bajo estos términos, el vendedor asume obligaciones de entrega en destino.

Por tipo de transporte: Los modos de transporte apropiados para el uso de los INCOTERMS 2000se clasifican de la siguiente manera:

A: Aéreo
M: Marítimo o fluvial
O: Cualquier tipo de transporte (incluyendo aéreo y terrestre)
T: Transporte terrestre

Los INCOTERMS contienen un total de trece términos.



Obligaciones permanentes del vendedor y comprador

Cabe aclarar que el vendedor está obligado a envasar y embalar la mercancía. Por lo tanto, esta disposición es aplicable a todos los INCOTERMS, recomendando que se asienten en el contrato de compraventa las características del envase y las del embalaje, de acuerdo con el transporte y el tipo de mercancía.
Asimismo, el vendedor tiene por obligación el embalaje de la mercancía marcando adecuadamente en el mismo las instrucciones de cuidado y las características como pueden ser: frágil, radioactivo, producto químico, no dejar en lugar húmedo o bajo la lluvia, etc.

DEFINICIONES REVISADAS DE COMERCIO EXTERIOR NORTEAMERICANO (RAFTD, 1941)

Antecedentes

La Revised American Foreing Trade Definitions (RAFTD) se establecieron en 1919, y su última revisión fue en 1941. No obstante que estas definiciones se derogaron en 1985, se siguen utilizando por costumbre en las operaciones comerciales en Estados Unidos.
Las RAFTD no son de uso obligatorio; la validez se la dan las partes en el momento en que se acuerdan sus derechos, obligaciones y el precio de las mercancías, mediante los convenios y contratos establecidos.

Consideraciones de aplicación

Cabe indicar que los INCOTERMS, si bien definen con claridad los derechos y las obligaciones que contraen tanto la parte vendedora como la compradora, son a la vez flexibles y permiten que se adapten a las contingencias del comercio internacional.
Salvo exigencia expresa del comprador, evite usar cualesquier otros términos de negociación ajenos a los INCOTERMS, en cuyo caso es recomendable hacer las precisiones y acotaciones necesarias en el contrato de compraventa respectivo.

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